Artículo 30° del R.D.P.U UdeC N°2025-110
Los/las estudiantes en situación de baja por no inscripción tendrán derecho a continuar estudios transcurrido un plazo máximo de dos semestres. En el caso de exceder este plazo, podrá solicitar la continuación de estudios al Comité de Docencia y Asuntos Estudiantiles respectivo, el que previo estudio de los antecedentes, resolverá dicha solicitud. De lo resuelto por el Comité de Docencia y Asuntos Estudiantiles, se podrá apelar a el/la vicedecano/a dentro del quinto día hábil de notificada la resolución.
La solicitud de continuación de estudios por baja académica de acuerdo a lo previsto en el artículo 28 tendrá un plazo máximo de dos semestres desde producida la situación para ser presentada ante la instancia correspondiente.
Los/las estudiantes en situación de baja académica podrán presentar solamente en tres oportunidades a lo largo de su carrera la solicitud de continuación de estudios ante las siguientes instancias:
- En la primera oportunidad de baja académica, la solicitud será presentada ante el Comité de Docencia y Asuntos Estudiantiles respectivo, quien resolverá en un plazo no superior a 5 días hábiles. De lo resuelto por el Comité de Docencia y Asuntos Estudiantiles, se podrá recurrir a el/la vicedecano/a, dentro del quinto día hábil de notificada la resolución. De esta resolución podrá apelarse ante el/la decano/a de la facultad.
- En la segunda oportunidad de baja académica, la solicitud se presentará ante el/la vicedecano/a, quien resolverá en un plazo no superior a 5 días hábiles. De lo resuelto por el/la vicedecano/a, se podrá recurrir a el/la decano/a, dentro del quinto día hábil de notificada la resolución.
- En la tercera y última oportunidad de baja académica, la solicitud se presentará ante el/la decano/a, quien resolverá en un plazo no superior a 5 días hábiles.
- En forma excepcional, y por única vez, dentro del quinto día hábil, de lo resuelto por el/la decano/a y sólo en una de las señaladas tres oportunidades, se podrá recurrir fundadamente a el/la vicerrector/a de la Universidad de Concepción, quien podrá aprobar la solicitud de continuación de estudios.
- Los plazos para presentar las solicitudes de continuación de estudios estarán establecidos en el Calendario de Docencia de Pregrado.
El proceso se encuentra cerrado
Sello PNUD UdeC